
Primer punto de encuentro de médicos de atención primaria organizado por el colegio de Burgos.
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Publicado el 24/10/2006Por iniciativa de los médicos titulares y rurales, el colegio de médicos de Burgos organizó el 18 de octubre en la sala de prensa de la Caja del Círculo de Plaza España una mesa redonda con foro de debate. Su propósito era que los profesionales que trabajan en atención primaria se informasen y debatieran en común los aspectos de carrera profesional y estatuto jurídico en nuestra autonomía, así como los problemas profesionales que les acucian.
Estaban invitados a la participación los médicos de equipos rurales, urbanos y SUAP.
Habíase anunciado la presencia de D. José Pedro Bravo Castrillo, Director de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad, pero por razones de agenda no pudo asistir a la mesa redonda. Quienes sí lo hicieron fueron: D. Carlos Areños (USCAL), D. José Antonio Carrillo (médico y abogado), D. Alfonso Codón (asesor jurídico del Colegio de Médicos de Burgos), D. Carmelo Pascual (director médico de la Gerencia de Atención Primaria de Burgos), D. Fernando García (CESM) y Dª Mª Paz Palacín (CSIF). Moderó y cedió la palabra D. Luís Gaínza (Vocal de Titulares y Rurales del Colegio de Médicos)
Abrió la parte informativa el Sr. Codón, haciéndose eco de que el decreto de estatutarización que contemplaba el cambio de régimen de funcionario a estatutario ha sido suspendido por sentencia judicial, basándose en un asunto de forma; concretamente por no ajustarse al hecho de que necesita antes de su aprobación el informe del Consejo Económico. El decreto no era malo en opinión del letrado, ya que mejoraba el aspecto de la movilidad por un lado, e igualaba complementos económicos con los estatutarios por otro. Piensa que, respetando las formalidades, lo volverán a sacar previsiblemente.
El Dr. Areños cree que el decreto de estatutarización estaba mal planteado tanto en forma como en fondo. “ese decreto obliga a los funcionarios a hacerse estatutarios, perdiendo las ventajas que tenían”; por lo que procede recusarlo de nuevo si vuelven a intentar sacarlo.
En cuanto a la carrera profesional -sigue el Dr. Areños- excluye de plano al personal funcionario, lo que sólo ocurre en nuestra comunidad autónoma; además incluye a personal no sanitario, y esto representa otra ilegalidad desde la normativa estatal. También el hecho de venir firmado el acuerdo de carrera profesional por la gerente regional –que no tiene potestad legal-, lo invalida de pleno derecho. Pide el amparo del colegio de médicos para oponerse a la exclusión de los funcionarios de la carrera profesional, y anuncia nuevas demandas contra el decreto de la misma.
El Dr. Carrillo hace un repaso histórico de cómo y dónde surgió y evolucionó la idea de carrera profesional. Surge en el seno de la Europa comunitaria. Allí la carrera profesional se conceptúa como una filosofía referente al desarrollo y promoción de los profesionales sanitarios. Conlleva a la vez la noción de evaluación de la competencia y de compromiso con la organización sanitaria. La carrera es a la vez derecho y deber; se asigna de forma libre y voluntaria, e implica reconocimiento profesional y económico.
Una vez dentro de España nuestro marco legal, para su articulación, la integra en el desarrollo del estatuto marco e implica un pacto con centrales sindicales, en que además añade un componente de reconocimiento profesional y mérito especial en oposiciones o concursos.
El órgano nacional que ha de fijar las normas básicas para la carrera profesional en las distintas comunidades de nuestro país es el Consejo Interterritorial. Originariamente su intención –plasmada en los primeros documentos- era plantear la carrera para todos los profesionales sanitarios independientemente de su vinculación laboral, lo que incluiría a fijos e interinos, funcionarios y estatutarios.
Posteriormente, el Consejo Interterritorial sufre problemas de enfrentamientos entre grupos políticos que disminuyen su eficacia y rectifica en cuanto a los interinos. Y aquí entran a legislar las comunidades autónomas, de forma diferente entre sí, tanto por los planteamientos distintos como por la fase avanzada o no en la que cada una se encuentra.
Esto produce hechos chocantes, como que Baleares, y otras autonomías plantean la carrera para interinos, saltándose las pautas del C. Interterritorial. Por el contrario, en Castilla y León se excluye intencionalmente al funcionario de la carrera mientras se arbitra un articulado especial para concederla en un supuesto caso.
El Dr. Carrillo se siente optimista con respecto al hecho de que los funcionarios entrarán en la carrera profesional, porque –dice- existe una amplia base jurídica en todo el Estado que impedirá tal discriminación.
Sigue diciendo que su sindicato firmó el ámbito de aplicación para todo el mundo, y que el estatuto jurídico está ya en Cortes, pendiente de ser aprobado en febrero o marzo del 2007. Y en su disposición sexta contemplará previsiblemente la entrada en igualdad de condiciones de los funcionarios con los estatutarios a la carrera profesional.
Por lo tanto –termina el Dr. García- el tiempo dirá quién tiene la razón y se muestra convencido de que será tal y como se ha anunciado.
El Dr. Pascual lee unos extractos del acuerdo sobre carrera profesional, acerca de los procedimientos extraordinarios para alcanzar la carrera profesionalmente mediante la estatutarización y otros supuestos de los puntos tercero y cuarto. Añade que existe un compromiso de la Gerencia Regional de Salud para aprobar el decreto durante esta legislatura, lo mismo que el Estatuto Jurídico.
La Dra. Palacín coincide en su punto de vista acerca de carrera y estatuto con CESM; mediante la disposición sexta los funcionarios –según compromiso de la Gerencia Regional- alcanzarán la carrera profesional nada más entre en vigor el Estatuto Jurídico.
Tras intervenir los miembros de la mesa se abrió el debate entre la sala y los ponentes moderado por el Dr. Gainza. A continuación se resumen las principales preguntas y respuestas que se suscitaron.
Pregunta: ¿Por qué la carrera se contempla sólo para estatutarios?
Respuesta (Dr. Carrillo): Hubo un informe del departamento jurídico de la Junta de Castilla y León que afirmaba la no legalidad de la carrera en los funcionarios; aunque muchos discrepamos totalmente de ese informe, lo cierto es que la Gerencia se ha fiado, e intentado otras vías distintas para meterles. Ahora bien, si contamos los meses que faltan para las siguientes elecciones autonómicas, y el lento curso habitual de los trámites parlamentarios, parece dudoso que puedan promulgar el Estatuto Jurídico durante el resto de legislatura.
Respuesta (Dr. Areños): Hay que distinguir entre lo que hay en este momento –sólo un acuerdo sobre carrera profesional y un proyecto de legislación de Estatuto Jurídico- y lo que nos gustaría que hubiera, que es eso mismo ya legislado y publicado en el BOCYL. Por tanto, la disposición sexta del futuro estatuto es un mero “posible” o “futurible”, que puede o no terminar aprobándose como nos gusta. La exclusión de partida de los funcionarios en el decreto de carrera contravendría la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, de ámbito obligado estatal. También existe confusión en nuestro ordenamiento jurídico entre las denominaciones de funcionario (y funcionario de carrera), estatutario (y funcionario estatutario). No obstante, el contenido de la carrera profesional no es malo en sí, ya que contempla la no reversibilidad (descenso de nivel).
Respuesta (Sr. Codón, referente a la confusión entre personal funcionario y estatutario): Finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo estaba tan colapsada de recursos y reclamaciones contra la Administración que ha decidido enviar todos los litigios a la vía contenciosa, en aplicación de la normativa de funcionarios. Esto redunda en un perjuicio para todos los médicos que pretendan litigar, pues el contencioso es muy lento, caro y difícil de ganar.
Respuesta (Dr. García): Lo que interesa aquí es saber si todos vamos a cobrar la carrera –que hoy todavía nadie la cobra-, y estamos para que todos sin excepción la cobren. Por ahora cuatro de cinco sindicatos firmaron el acuerdo, y asumirán las responsabilidades que de su aplicación correcta o no, se deriven. Opina que todo el mundo la va a cobrar –entre el personal fijo, sin incluir a interinos-
Pregunta: Creo que se intenta confundir el supuesto espíritu con la letra de lo que se ha firmado, porque nadie asegura que se termine legislando lo acordado.
Respuesta (Dr. García): Efectivamente en manos del legislador está cambiar el texto de lo acordado, pero en este momento no se puede añadir nada más que hay que esperar a que salgan publicados los textos legales.
Pregunta: Si cuando salga el Estatuto Jurídico ya está percibiéndose la carrera profesional, ¿su aplicación en funcionarios tendrá carácter retroactivo?
Respuesta (Dr. García): No se contempla la retroactividad de este complemento.
Pregunta: Si los negociadores de los sindicatos son médicos, por qué pasa ésto?
Respuesta (Dr. Carrillo): Porque la carrera profesional es muy difícil de plasmar, negociar y articular.
Respuesta (Dr. Areños): Muchas veces los que negocian la carrera de los médicos son celadores y otros profesionales ajenos a la profesión médica que desde los sindicatos de clase tienen mayor peso en las mesas de negociación. Su máximo interés radica en el reparto por igual entre todas las categorías de trabajadores. Sería bueno que los médicos lográsemos un organismo negociador directo entre la administración y nosotros.
Pregunta: ¿Por qué la carrera excluye a los interinos? ¿Tendremos que ir a los tribunales?
Respuesta (Dr. García). En este momento ni el Consejo Interterritorial ni la mayoría de comunidades autónomas quieren incluir a los interinos en la carrera profesional. Pero es posible que, si algunas comienzan a hacerlo –Baleares por ejemplo- poco a poco las demás comunidades irán accediendo.
Respuesta (Dr. Carrillo). El Consejo Interterritorial antes sí proponía la carrera para funcionarios, estatutarios e interinos, hasta que cambió de opinión.
Pregunta: Suponiendo que paguen a todos la carrera profesional, ¿cuándo cobraré?
Respuesta (Dr. García): Durante el 2007 el primer nivel, que representa 3000 € brutos/año; durante el 2008 el segundo nivel, otros 3000 €; y durante el 2009 el tercer nivel, otros 3000 € brutos adicionales.
Pregunta: ¿Qué significa “la movilidad”?
Respuesta (Dr. Carrillo): La Ley Orgánica de Cohesión y Calidad del Sistema ordena que exista movilidad entre autonomías (traslados de personal). De modo que el Ministerio de Sanidad da competencias al Consejo Interterritorial para llevar a efecto esta movilidad interregional. Pero por los problemas políticos ya comentados que anulan al Consejo Interterritorial, hace peligrar la misma.
Pregunta (Dr. Gainza): El punto segundo era que no nos sentimos los médicos bien representados por los sindicatos, tema ya tratado en anteriores intervenciones…
Respuesta (D. García): Las negociaciones sobre el terreno real llevan meses de reuniones, y cuando se cierra un acuerdo ocurre que luego tiene que pasar una serie de cribas hasta que consigue plasmarse. Lo que hay que ir es a una negociación directa médicos-administración sanitaria.
Pregunta (Dr. Gainza): El punto tercero era la escasez de recursos humanos para cubrir la atención médica. Si las Gerencias de Área no pueden gestionarla por falta de maniobrabilidad ¿no deberían desaparecer?
Respuesta (Dr. Pascual): Las Gerencias de Área tienen la función de gestionar lo mejor posible los recursos y pedir recursos si se necesitan. Desde hace tiempo esta Gerencia transmitió a la Gerencia Regional de Salud que había necesidades de personal; Y ésta última, de acuerdo con sindicatos, decidió dar estabilidad en el empleo al personal sanitario para mitigar la migración a otras regiones. En este momento y desde hace un tiempo existe un goteo de profesionales que se van, pero no un éxodo masivo; no obstante, esto lógicamente contribuye a la precariedad de personal disponible para trabajar en el área de Burgos.
El acuerdo de La Gerencia Regional y sindicatos permitió elaborar la figura del médico de área, ahora en trámite parlamentario y que saldrá publicado en noviembre de este año. Aunque es difícil que esto resuelva el problema de la carencia de médicos, sí que ayudará algo; además los gestores tendremos una herramienta más para gestionar los recursos humanos, lo cual por ahora es imposible.
Pregunta: Discrepo sobre la eficacia de esta medida. Lo que es eficaz es pagar bien, por ejemplo subir la hora de guardia, y hacer fijo al personal.
Respuesta (Dr. Pascual): Existe en curso en este momento un concurso-oposición para fijar a los post-transitorios. Además no hay grandes diferencias entre las retribuciones de nuestra comunidad y otras, salvo acaso en la hora de la atención continuada.
Pregunta: ¿Se usan argumentos económicos para hacer que el personal de refuerzo vaya a trabajar a un sitio en vez de a otro? ¿Pagan distinto a los refuerzos en según qué sitios vayan? ¿Por qué los refuerzos se pueden permitir elegir el destino de trabajo –eligiendo el más cercano a su casa-, mientras que los demás miembros de los equipos no?
Respuesta (Dr. Pascual): Las normas sobre empleo de personal sustituto se basan en pactos de la gerencia con sindicatos. Según el más reciente acuerdo que data del 2005 existe una zonificación de los refuerzos. Las sanciones están también contempladas en los acuerdos, y su aplicación o no también ha sido consultada con sindicatos.
Los contratos a sustitutos son los que marcan las normas. Existe también el llamado “contrato eventual por encima de plantilla”, que sólo se plantea en situaciones escasas y extraordinarias y que tiene que autorizarlo la Gerencia Regional.
Pregunta: ¿En qué situaciones se usa? Porque no parece ético que dos personas de la misma categoría estén haciendo el mismo trabajo y cobren distinto.
Respuesta (Dr. Pascual): ¿¡ pero…!? Ello lo arreglará el contrato de médico de área.
Respuesta (Dra. Palacín): En primer lugar los “refuerzos” son compañeros. Una gran parte de los refuerzos estamos en contra de este sistema de trabajo penoso, hasta el punto de que en El Bierzo han cesado voluntariamente seis de una vez.
Pregunta: El médico de área no soluciona ese problema, tan sólo creamos una figura más. En cuanto al precio de las guardias ¿El refuerzo va a cobrar más, es decir, habrá distintos sueldos durante las guardias? Quien pase de 2300 horas al año ¿Cómo se compensará? Porque actualmente los refuerzos se están negando a hacer las sustituciones por vacación y guardias.
Respuesta (Dr. García): El decreto de médico de área lo firmó solamente Comisiones Obreras; y sólo paliará algo este problema. Lo que hay que mejorar en el 2007 es el precio de la hora de atención continuada.
Pregunta (al Dr. Pascual): ¿No se quemarán los médicos de área?
Respuesta (Dr. Pascual): Yo no lo veo tan negativo; no es inmejorable, pero el decreto no es tan malo como se pretende; iguala a este personal con los demás y lo fija al hacerlo de plantilla; luego algo se mejorará.
Respuesta (Dr. Areños): En otras comunidades suben el precio de la hora de guardia a cerca del doble y aumentan el de los días especiales; en Castilla y León estamos los últimos en la hora de guardia.
Respuesta (Dra Palacín): El médico de área va a cobrar lo mismo, aunque por ahora faltan regular las jornadas ordinaria y complementaria (horario).
Respuesta (Dr. Pascual): El horario máximo fijado es de 2304 horas, siendo las 1500 primeras de jornada ordinaria, y el resto de complementaria.
Pregunta: ¿Qué se va a hacer en este año con los que se pasen de 2304 horas durante el 2006?
Respuesta (Dr. Carrillo): Existe un derecho potestativo de que nadie trabaje más de 48 horas semanales en cómputo semestral, y en trabajo efectivo. Pero el Estatuto Marco exige que por necesidad de servicio no queda más remedio que trabajar; se trata de un problema estructural, en que faltan profesionales. En suecia lo han solucionado haciendo que los gerentes fraccionen su jornada y dediquen una parte a hacer asistencia en consulta.
Respuesta (Dr. Pascual): Hay unos pocos centros de salud en el Área de Burgos en que sus profesionales se pasan del número máximo de horas. Aquí se entra en contradicción o conflicto entre dos derechos (el del descanso del profesional y el de protección a la salud de la comunidad): al final debe prevalecer el derecho colectivo sobre el individual.
Pregunta: ¿Es necesario que renuncies antes a un contrato de refuerzo para poder obtener otro de interino?
Respuesta (Dr. Pascual): No, las interinidades se ofrecen también a los refuerzos en activo, lo que pasa es que todavía existen dos bolsas y listas de interinidad (estatutarios y funcionarios), con normas distintas.
Pregunta: Hay centros que, en materia de sustituciones, están en muy mala condición, mientras que otros están en situación muy favorable. ¿No podría la Gerencia redistribuir mejor al personal?
Respuesta (Dr. Pascual): Ya quisiéramos, eso es precisamente lo que se intenta y no se consigue en la actualidad.
Respuesta (Dr. Areños): La directiva europea sobre las 48 horas es vinculante para todos los estados miembros; aquí se han pillado los dedos, y es ahora cuando intentan eludirla. Lo aconsejable es que quien se exceda en su horario obligatorio acuda al fiscal para denunciar su situación.
Archivo: Primer punto de encuentro de médicos de atención primaria organizado por el colegio de Burgos.doc